farmacias de turno en santiago

Farmacias de Turno en Santiago

Farmacias de turno en Santiago : encuentra la farmacia más cercana a tu ubicación, farmacias de turnos, direcciones y horarios de funcionamiento.

Es este buscador debes seleccionar en el menú tu región y comuna y podrás ver las farmacias de turnos más cercanas a tu comuna.

FARMACIAS DE TURNO EN SANTIAGO

FARMACIAS DEL DOCTOR SIMI

[su_spoiler title=»Turnos de Farmacias Legal»]

La farmacia que se encuentre de turno debe cumplirlo de forma rotativa por 24 horas para que los usuarios accedan a los medicamentos tanto en horarios y dias habiles e inhabiles durante todo el año.

Los turnos son y responsables son publicados por resolución exenta del ISP, las publicaciones son semestrales y acá puedes ver la resolución 4501 del ISP para los recintos de turno entre el 1 de enero  y el 30 de Junio de 2016.

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[su_spoiler title=»¿Que hacer sin una farmacia de turno esta cerrada?»]

En caso de que alguna de las farmacias asignadas a turnos de urgencia no estuviese atendiendo puedes hacer la denuncia y en caso de comprobarse que no cumplió el turno arriesgan multas hasta 1000 utm.

La denuncia la puedes hacer online acá:  DENUNCIA FARMACIAS

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[su_spoiler title=»¿Quién fiscaliza a las farmacias?»]

Subdepartamento de Farmacia tiene las siguientes funciones:

  • Realizar la autorización sanitaria y fiscalización de los establecimientos farmacéuticos de la región metropolitana.

  • Autorizar los traspasos, traslados y cierres de establecimientos farmacéuticos.

  • Recibir los reclamos y/o denuncias en que incurran las farmacias de la región metropolitana.

  • Determinar y coordinar la determinación de los turnos de farmacias semestralmente.

  • Velar por el cumplimiento de la ley 20.724 con respecto a los requisitos de los establecimientos farmacéuticos.

  • Velar por el cumplimiento del Decreto Supremo Núm. 79, de 2010, del Ministerio de Salud, y la normativa complementaria que regula los preparados farmacéuticos en los ámbitos de su competencia, proponiendo al jefe de Departamento las medidas sanitarias cuando corresponda.

  • Ejercer las demás funciones que le encomiende la legislación vigente, la Jefatura del Departamento y el Jefe de Servicio del Instituto en las materias de su competencia.

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